COMUNICADO DE PRENSA

COOPERATIVA 16 DE OCTUBRE

 

Atento las manifestaciones públicas vertidas en un medio radial por la señora Procuradora Fiscal Dra. Cecilia Bagnato el día 6 de diciembre del corriente año en relación a una investigación bajo su cargo, esta Cooperativa se ve en la necesidad de expresar lo siguiente:

  1. Tal como surge del propio informe de prensa del Ministerio Público Fiscal, ni esta Cooperativa ni sus directivos están involucrados o imputados en el caso que está investigando ese organismo sobre una supuesta defraudación a la Mutual “Aoniken”.
  2. El tema, en consecuencia, es totalmente ajeno y extraño a la conducción y a la esfera de la Cooperativa “16 de Octubre Ltda.”.
  3. Cabe señalar, al respecto, que esta Cooperativa y la referida Mutual son entidades absolutamente diferentes e independientes entre sí; cada una tiene su objeto social diferenciado; cada una tiene sus órganos de administración y de representación, y cada una de ellas tiene su propio régimen administrativo-financiero-contable. No hay confusión, ni nunca la hubo en tales aspectos. Lo único en común que existe es que los asociados a dicha entidad mutual son empleados de esta Cooperativa. Sin embargo, no hay interferencia alguna en la administración contable-financiera entre las referidas entidades, ni injerencia de ningún tipo en su administración. La Mutual administra sus recursos y patrimonio y la Cooperativa, los propios. No hay injerencias en la administración de una en la otra; no hay afectación de ingresos de ninguna de las entidades para las actividades o las injerencias en el cumplimiento de los respectivos objetos sociales. Ello resulta de la absoluta regularidad y transparencia de los estados contables de esta Cooperativa en cada acto de administración, todo lo cual es expuesto a sus asociados en forma anual en las respectivas Asambleas ordinarias y frente a todos los órganos de fiscalización y control de la actividad cooperativa, los cuales jamás han realizado observación alguna en tal sentido.
  4. Por lo tanto, repetimos, esta Cooperativa y su órgano de administración son ajenos a la investigación referida y cuyo alcance, por otra parte, por el momento desconocemos.
  5. No se explica, entonces, los motivos por los cuales la mencionada funcionaria, de manera explícita, impropia y fuera de todo recato, ha relacionado públicamente los hechos investigados con la desvinculación laboral de un personal de esta Cooperativa. Mucho menos en clara violación a los principios de actuación que debe observar el Ministerio Público Fiscal, forjando así una imagen prejuiciosa de la forma de actuar de la entidad sin tener el más mínimo conocimiento de la forma en que se tomara la decisión.
  6. Tampoco se explica, en el contexto general y con relación a supuestos imputados, que haya realizado respecto de ellos manifestaciones en clara violación a su estado de inocencia, y sin guardar reserva de lo que conoció en el ejercicio de su función, maxime como fuera señalado ese mismo Ministerio Fiscal, el acceso a las actuaciones no eran públicas; publicación y difusión que se encuentra prohibida por normas penales.
  7. Sin perjuicio de lo expuesto, queremos dejar aclarado que esta Cooperativa siempre puso en conocimiento del Ministerio Fiscal su interés en la investigación; de conocer su curso y de ser informada de los resultados de todas las diligencias que se llevaran a cabo. Asimismo, esta Cooperativa cooperó activamente con la Fiscalía remitiendo toda la documentación contable, registral y laboral que le fuera solicitada, y ofreció cooperación para la investigación en curso.
  8. Consideramos, entonces, que la actuación de la Sra. Procuradora Fiscal no ha sido conforme a derecho, y que las referencias a esta Cooperativa (que, como ya se expresara, no tiene directivos imputados y ninguna relación tiene con la mutual o con los hechos investigados) persiguen otros fines ajenos de los que corresponden al ámbito de la función fiscal, máxime teniendo en cuenta el hecho que se haya pretendido “mezclar” la situación laboral de una empleada que se desempeñaba en esta Cooperativa con tal investigación sin conocer los pormenores del caso y mucho menos las razones de mérito, oportunidad y conveniencia del Consejo de Administración tuvo en cuenta para disponer la discontinuidad laboral, la cual –por otra parte- nada tuvo que ver con la investigación fiscal que –repetimos nuevamente- ninguna vinculación tiene con esta Cooperativa.
  9. Esta Institución, por consiguiente, solicita que el Ministerio Público Fiscal encarrile su accionar dentro del cauce de la ley procesal, lo que bajo ninguna circunstancia implica negarle el gran rol que tiene dentro de la sociedad. Es decir que se insta también a ese organismo a realizar todos los actos e investigaciones que crea convenientes para determinar eventuales hechos y responsabilidades si las hubiere, reiterando esta Cooperativa, además, desde ya que está a entera disposición para colaborar en lo que se le requiera al respecto. Pero fundamental y concretamente le pide a la Dra. Bagnato que actúe con objetividad, conforme el marco de actuación dispuesto por las leyes, los códigos procesales y la Ley de Ética Pública, y abandonar ahora su pasado gremialista –como refirió haber ejercido- para evitar asociar hechos que ninguna relación tienen con el marco investigativo y que corresponde sean dirimidos en otras instancias.-
  10. Asimismo, se le exige a esta funcionaria y a sus superiores, porque así lo garantizan las Constituciones, los pactos internacionales y la normativa que rige el tema, total recato en las consideraciones públicas que efectúen –como en definitiva debe ser en cualquier caso- con mesura, objetividad y evitando lesionar el honor y la dignidad de personas ó, como en este supuesto, la afectación y seriedad de la imagen de una institución como la que momentáneamente estamos conduciendo y que genera perjuicios muchas veces irreparables ante la comunidad.-

 

Sin más, saludamos atentamente,

Consejo de Administración
Cooperativa 16 de Octubre Ltda.

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