Beneficio tarifario para entidades de Bien Público

La Coop16 pone a disposición de las entidades sin fines de lucro una nueva tarifa de servicios.

Clubes, asociaciones y fundaciones sin fines de lucro podrán acceder a una tarifa diferencial acreditando en la Cooperativa la siguiente documentación: Estatuto Social de la entidad, constancia actualizada del IGJ y constancia de inscripción en AFIP. Las instituciones religiosas deberán adjuntar la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Culto.
Aquellas entidades de bien público y sin fines de lucro que no posean personería jurídica deberán solicitar en el municipio el correspondiente «Certificado de reconocimiento municipal».
La documentación deberá enviarse a: comercial@coop16.com.ar. Para consultas en Esquel: 451710 (Int. 158) y en Trevelin 480075

La implementación de ésta tarifa responde a la Ley Provincial Nº I 599 y a la Ley Nacional Nº 27.218 que establecen un régimen tarifario específico para entidades de bien público a las que los Consejos Deliberantes de Trevelin y Esquel adhirieron mediante Ordenanzas Nº 1782/20 y 48/20, respectivamente.

 

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